La Administración Federal de Ingresos Públicos actualizó los nuevos valores de las deducciones personales (mínimo no imponible, deducción especial y las cargas de familia) y los tramos de ingresos de las alícuotas que se utilizan para calcular la retención del Impuesto a las Ganancias.
Ahora los valores son los siguientes:
- Por las ganancias no imponibles hasta $ 66.917,91 anuales.
- Por el cónyuge $ 62.385,20 anuales.
- Por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo $ 31.461,09 anuales.
- Por la deducción especial de 4ta categoría, hasta la suma de $ 66.917,91.
– Con estos nuevos valores los empleados pagarán menos impuesto a las ganancias sobre los salarios que cobren desde el primer día de enero. Las actualizaciones de los valores están contempladas en la ley de Impuesto a las Ganancias, en sus artículos 23 y 90, donde se establece un parámetro específico de actualización a través del coeficiente de variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). Para las actualizaciones de los valores fue utilizado el índice RIPTE a octubre del 2017.
Tabla ART 90
Ganancia neta imponible acumulada
|
Pagarán $
|
Más el %
|
Sobre el excedente de $
| |
Más de $
|
A $
| |||
0
|
25754
|
0
|
5
|
0
|
25754
|
51508
|
1287,7
|
9
|
25754
|
51508
|
77262
|
3605,56
|
12
|
51508
|
77262
|
103016
|
6696,04
|
15
|
77262
|
103016
|
154524
|
10559,14
|
19
|
103016
|
154524
|
206032
|
20345,66
|
23
|
154524
|
206032
|
309048
|
32192,5
|
27
|
206032
|
309048
|
412064
|
60006,82
|
31
|
309048
|
412064
|
en adelante
|
91941,78
|
35 412064
|
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