Se convirtió en ley la devolución de IVA a jubilados

Hta $300 por persona.


https://blog.errepar.com/2016/06/08/se-convirtio-en-ley-la-devolucion-de-iva-a-jubilados/
En materia de facturación, se establece la obligatoriedad de aceptar las tarjetas de débito para operaciones de compra por importes iguales o superiores a $ 10, tanto para responsables inscriptos como así también para los sujetos adheridos al monotributo.
Podrán fiscalizar esta obligación tanto la AFIP como la Secretaría de Comercio, y se establece un plazo de 120 días, donde no se aplicará la sanción de clausura a aquellos sujetos que no estaban obligados a utilizar las terminales POS con el objeto de que puedan adaptar sus sistemas de facturación a esta nueva obligación

Por último, destacamos que la AFIP podrá autorizar un monto a computar como crédito fiscal de IVA en compensación por costos de instrumentar las operaciones mediante lasterminales POS.

https://blog.errepar.com/2016/06/13/devolucion-de-iva-obligatoriedad-de-aceptar-debito/

19/07/2016: 

Se reglamenta el régimen de devolución de IVA a jubilados

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