Actualización de modelos de notas de unidad de medida

Pauta cuantitativa que es condición necesaria para proceder a reexpresar las cifras de los estados contables, dicha pauta consiste en que la tasa acumulada de inflación en tres años, considerando el Índice de Precios Internos al por Mayor elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), alcance o sobrepase el 100%.
Por Norma de Aplicación N° 95 (aprobada por Res. MD 2398) se han elaborado nuevos modelos de Nota de Unidad de Medida para ejercicios cerrados al 31 de diciembre de 2015, los cuales receptan la problemática de la mencionada discontinuación, considerando que a esa fecha, a pesar de la falta del IPIM, es posible afirmar que no se ha alcanzado la pauta a partir de la cual corresponde practicar la reexpresión de los estados contables.

Los modelos se presentan identificando el tipo de ente para el que son de aplicación:
a. Entes Pequeños de acuerdo a la Segunda Parte, Sección 1. Alcance, de la RT 41 que aplican dicha Resolución como norma contable general de reconocimiento y medición; 
b. Entes Medianos de acuerdo a la Tercera Parte, Sección 1. Alcance, de la RT 41 que aplican dicha Resolución como norma contable general de reconocimiento y medición. 
c. Entes que aplican la RT 17 como norma contable general de reconocimiento y medición.http://www.cpba.com.ar/noticias-consejo/item/2486-actualizacion-de-modelos-de-notas-de-unidad-de-medida

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